Soy Trabajador Independiente – ¿Califico para el Crédito por Retención de Empleados?
La mayoría de los dueños de negocios han oído hablar del Crédito por Retención de Empleados (ERC). Si trabaja por cuenta propia, es posible que se pregunte si también califica. Después de todo, la pandemia también fue dura para usted, y unos pocos miles (o tal vez decenas de miles) de dólares podrían ser útiles.
Aquí está lo que necesitas saber.
¿Qué es el Crédito por Retención de Empleados?
El ERC es un crédito fiscal reembolsable para las empresas que siguieron pagando a sus empleados mientras cerraron durante la pandemia. Las empresas que tuvieron grandes disminuciones en sus ganancias del 13 de marzo de 2020 al 31 de diciembre de 2021 también pueden ser elegibles.
¿Qué Empleadores son Elegibles para el ERC?
Para ser elegible para el ERC:
- El empleador suspendió total o parcialmente sus operaciones por órdenes de una autoridad gubernamental a consecuencia del Covid 19. Esta suspensión de operaciones debe haberse producido durante el año 2020 o los primeros tres trimestres de 2021.
- El empleador experimentó una gran disminución en las ganancias durante 2020 o los primeros tres trimestres de 2021.
- El empleador calificó como una empresa emergente de recuperación (recovery startup business) en el tercer o cuarto trimestre de 2021.
¿Qué Pasa Si Trabaja Por Cuenta Propia?
Si trabaja por cuenta propia, no es elegible para el Crédito por Retención de Empleados.
El ERC no está disponible para usted siendo su propio empleado. El Crédito por Retención de Empleados sólo estaría disponible si tiene empleados pagados. Los salarios que paga a sus empleados son los que usa el IRS para determinar si usted es elegible para el crédito y de cuánto será el crédito.
Desafortunadamente, hay muchas empresas de terceros que han estado alentando a las personas a solicitar y recibir el ERC de manera fraudulenta.
Consulte este artículo para obtener más información sobre la Estafa del Crédito por Retención de Empleados.
¿Qué Sucede Si Trabaja por Cuenta Propia y Ya Recibió el Crédito?
Si lo auditan, el IRS determinará que no era elegible para recibir el crédito. Le pedirán que pague el monto total del crédito que recibió. También podría ser responsable de pagar una multa del 25% o 75% del crédito.
Lamentablemente, no hay nada que pueda hacer para evitar tener que devolver el crédito.
Sin embargo, es posible que pueda reducir o eliminar las sanciones. ¿Cómo puede hacer esto?
Lo principal que analizará el IRS es si «sabía o debería haber sabido» que no era elegible para el crédito. Puede evitar las sanciones demostrando que confió en el consejo de un profesional de impuestos y que no sabía que no era elegible.
¿Necesita Ayuda Profesional?
Si se encuentra en esta situación, considere seriamente obtener representación legal. Las auditorías del IRS, y especialmente las auditorías relacionadas con declaraciones de impuestos fraudulentas, tienen consecuencias legales reales. Esto no es algo que deba tratar de manejar por su cuenta.
Necesita encontrar un abogado en casos de impuestos calificado en el que pueda confiar. Ese abogado tendrá el conocimiento y los recursos para brindarle la mejor ayuda posible en esta situación.




